La violencia vicaria es aquella fuerza transgresora que utiliza el hombre en contra de la mujer usando como medio a los hijos, con actos tan crueles al grado de incluso privarlos de la vida, porque así se asegura que el sufrimiento de esta no terminará nunca.
Es una relación asimétrica de poder que busca un control y un dominio en contra de la mujer, utilizando como medio comisivo desde el punto de vista penal a los hijos, manipulándolos de tal forma que rechacen a la madre, y como último recurso el ejercicio de la violencia directa contra los niños, para causar dolor a la madre.
Jacqueline Ángel Juan, jueza de control y juicio oral con competencia en Juzgado de Ejecución Especializada en Justicia para Adolescentes, indicó que se manifiestan frases como “si te atreves a denunciar te vas arrepentir”, “si te vas te mato”, “si me denuncias no te la acabas”; son frases que se escuchan en juicios de alimentos, de guardia y custodia y divorcios.
Bajo este escenario que es bastante real en varios contextos, es que ha surgido el reclamo de movimientos y colectivos feministas, como el Frente de Mujeres Mexicanas que impulsa en el Estado de México, una propuesta sobre este tipo de violencia, para incorporarlo como una modalidad de violencia familiar.
En algunos estados del país está en análisis el reconocimiento de esta figura, a partir de ese reclamo social en contra de este lastre, que es la violencia contra la mujer; pero se debe trabajar en un marco jurídico adecuado que no sea una simple reacción política para callar ese reclamo, porque si no, no habrá efectividad.
Enfatizó que la obligación del Estado mexicano es crear legislaciones, políticas públicas y mecanismos que permitan garantizar el acceso a una vida libre de violencia para las mujeres, bajo con una perspectiva de género.
Sin embargo, también se debe valorar este tema con perspectiva de infancia, porque si bien es cierto que el mecanismo legal que se pretende adoptar tiene como finalidad garantizar la vida libre de violencia a la mujer, se debe procurar el sano desarrollo integral y el interés superior de los infantes.
Se debe procurar principalmente el derecho a la prioridad, reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que favorece a los niños y mujeres, ya que en la legislación mexicana, la única ley que textualmente reconoce este derecho es la Ley general de derechos de niñas, niños y adolescentes.
“Si estamos tratando de garantizar una vida libre de violencia a la mujer, cuando el medio comisivo para que esto ocurra es el niño, me pone a pensar que se está invisibilizando al niño, porque se le está tratando como un objeto y no como sujeto de derechos”, finalizó.












