Elam Náfate * CP. Se acaba el tiempo de la factura en papel. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo un recordatorio a todos los contribuyentes que están obligados a facturar electrónicamente, que las formas pre-impresas generadas en el 2010 o anteriormente, concluirán su vigencia el 31 de diciembre de 2012.
A partir de 2013 los contribuyentes sólo tendrán dos posibilidades de emitir su documentación fiscal: el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y el Comprobante con Código de Barras Bidimensional (CBB).
¿Cómo saber cuál elegir? Los contribuyentes que facturan más de cuatro millones de pesos en el ejercicio fiscal anterior deben migrar a CFDI. El resto de los contribuyentes pueden elegir cualquiera de estas dos opciones, la que más se adapte a sus necesidades y preferencias.
Los contribuyentes con ingresos mayores a cuatro millones de pesos al año, deben migrar al sistema de facturación electrónica a través de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), quien se encarga de validarlas y asignar el folio y sello electrónico del SAT.
Un PAC es aquella persona moral que cuenta con autorización del SAT para validar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) generados por los contribuyentes. Actualmente hay 46 proveedores autorizados y todos ofrecen una modalidad gratuita de sus servicios.
En tanto que los contribuyentes con ingresos iguales o menores a cuatro millones de pesos al año, pueden seguir expidiendo comprobantes fiscales impresos, los cuales deben tener un elemento de seguridad adicional que es proporcionado sin costo por el SAT.











