Los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que por alguna razón pierdan su trabajo, tienen la opción de incorporarse a la Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio, lo que les permite continuar cotizando en los seguros de invalidez y vida, así como en el seguro de retiro en edad avanzada y vejez. A través de esta opción el derechohabiente seguirá acumulando semanas de cotización y recursos en su cuenta individual. Pueden incorporarse aquellos que cotizaron antes del 1 de julio de 1997, es decir, los amparados por la Ley del Seguro Social de 1973, o bien, aquellas que están sujetas a la ley vigente.
De acuerdo al IMSS, el pago de las cuotas obrero patronales en esta modalidad de aseguramiento se lleva a cabo cada mes y corresponde al monto del salario con el que decide cotizar, que no puede ser menor a aquel con el que estaba inscrito en la fecha de la baja del último trabajo, y no puede ser mayor al tope que marca el artículo 28 de la Ley del Seguro Social.
De igual forma, la incorporación a la continuación voluntaria al Régimen Obligatorio la pueden efectuar las personas que hayan cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años, y que no hayan pasado cinco años de la fecha de su baja ante el IMSS.
Para quienes cubren los requisitos señalados en la Ley del Seguro Social, el monto de la pensión depende según el régimen de 1973 del número de semanas cotizadas, las cuales ascienden a 500 como mínimo, el salario promedio de cotización de las últimas 250 semanas cotizadas y la edad de retiro.
Para asegurados en el régimen de 1997, se requieren actualmente 750 semanas de cotización y al menos 60 años de edad, dependiendo el monto de la pensión de los recursos acumulados en la cuenta individual.
Si los recursos no son suficientes para lograr una pensión, podrán acceder a una pensión mínima garantizada que se calculará con el salario promedio de toda la vida laboral y el número de semanas cotizadas.
Los derechohabientes pueden revisar el historial de sus periodos cotizados en el Instituto Mexicano del Seguro Social, y obtener fácilmente en línea la Constancia de Semanas Cotizadas; sólo necesitan tener a la mano su número de seguridad social, CURP y un correo electrónico.
Esta constancia permite saber si cumplen con las condiciones para darse de alta en la continuación voluntaria al Régimen Obligatorio, ya que proporciona información del último patrón que le afilió en el IMSS y el salario con el que le registró, así como información detallada de su vida laboral, con lo cual podrán verificar si están registrados todos sus periodos de cotización y los salarios de cada uno.












