Simulador de declaración fiscal ya no estará activo

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el simulador para la declaración anual que dispone para las personas físicas, estará activo hasta el 31 de marzo; estos contribuyentes tendrán del 1 al 30 de abril para cumplir con esta obligación fiscal.

Esta herramienta permite visualizar la información prellenada en el sistema y conocer las nuevas actualizaciones y mejoras, por lo que es importante usarla para no tener ninguna complicación por datos o comprobantes fiscales faltantes en la presentación de la declaración.

El SAT especifica que el simulador permite verificar el prellenado de ingresos, gastos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, pagos provisionales, así como saldos a favor en caso de existir. De esta forma es posible ver que está todo en orden.

La omisión de la presentación de la declaración anual, el uso correcto e incorrecto de la e.firma, el cumplimiento o no de las obligaciones fiscales, y cualquier información presentada de forma incorrecta, las consecuencias en primera instancia serán para el contribuyente, aun cuando lo haya hecho el contador público.

Armando González Arroyo, titular de la Delegación Chiapas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), explicó que el control de la situación fiscal no depende solo del contador o fiscalista, si bien siempre deben estar auxiliando en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, cada contribuyente debe conocer el tema.

Destacó que lo mejor es prevenir cualquier contingencia partiendo de los preceptos legales, observando siempre declarar lo que es correcto sobre los ingresos y egresos, porque la omisión a la presentación de la declaración conlleva una sanción económica fuerte.

Por eso, reiteró que todos los contribuyentes deben estar enterados de los cambios en materia fiscal; dependiendo del grado de complejidad del tipo de ingresos es que se necesita o no de un contador o fiscalista.

El fisco tiene la facultad de verificar que se hayan cumplido correctamente las disposiciones fiscales, personas físicas y morales, a través de una visita domiciliaria, una revisión de gabinete o escritorio, e incluso revisiones electrónicas.