Siniestro pasado: Podría caber sanción por presunta vinculación

Siniestro pasado: Podría caber sanción por presunta vinculación

Publicado el lunes 20 de febrero de 2006Ana Laura Mondragón / CP El destacado jurista, Gabriel Soberano Velasco, señaló en torno a la presunta vinculación de Salazar Mendiguchía con Kamel Naciff, que en caso de comprobarse que el Gobierno de Chiapas incurrió en el delito de tráfico de influencias, este podría quedar inhabilitado de su cargo, incluso, subrayó, podría ser sujeto a una averiguación previa por dicho ilícito.

Código Penal

Soberano Velasco mencionó que según el Código Penal existen varios delitos en los que pueden incurrir los servidores públicos; primeramente, dijo, por el ejercicio indebido del servicio público al desviar ese poder para servir a otras personas o a una empresa, el cual podría ser el caso de la vinculación del Gobierno del Estado con Naciff.

Además añadió en este mismo capítulo de la Ley se encuentra lo que es tráfico de influencias, el cual precisa a quien hace uso del cargo que ostenta en forma indebida y utiliza la influencia o la irresponsabilidad para beneficiar a otras personas o a otras situaciones.

Señaló que aunque no es un delito de los considerados graves, de ahí es remitido a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en donde, en dado caso de acreditar dicho hecho, puede llevar hasta hasta una inhabilitación del servidor para una función pública.

Señaló que en el caso del estado de Chiapas, con las vinculaciones que se han hecho públicas, si se llegara a comprobar que Salazar hizo alguna intermediación para alguna persona, entraría el área federal y si se comprobara que efectivamente usó sus relaciones, su cargo público para poder beneficiara presunto responsable de un hecho delictuoso, se le podría abrir una averiguación previa.

En este caso, Soberano añadió: “Habría que ver si efectivamente existe el ilícito y tendría que reconocerlo el propio presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que Salazar sí le hablo para que interviniera en este asunto en concreto, si se da la aceptación de parte del presidente del organismo, de que sí habló el gobernador, y si intervino en el acto, en este caso sí procede inmediatamente una averiguación previa”, concluyó el jurista.