Publicado el lunes 20 de febrero de 2006Isaín Mandujano / CP En Chiapas, quien difunda grabaciones telefónicas como las que dieron a conocer los medios de comunicación del caso Lydia Cacho, podría pasar de seis y hasta 12 años de prisión.
A propuesta del gobernador Pablo Salazar, el Congreso del Estado legisló para que nadie le hiciera a otra persona en Chiapas lo mismo que al mandatario estatal le hicieron durante su campaña electoral del año 2000.
Autoritarismo
Esa fue una de sus primeras reformas, además de incrementar las penas a casi el doble por los delitos de difamación y calumnia.
En el apartado “delitos de revelación de secretos y de acceso ilícito a sistemas y equipos de informática”, en su capítulo I, artículo 283, refiere: “se aplicará sanción de dos a cuatro años y multa de 20 a 40 días de salario, al que sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin consentimiento del que pueda resultar perjudicado, revele algún secreto o comunicación reservada, que conoce o ha recibido con motivo de su empleo, cargo o puesto”.
El 283 precisa: “se sancionará con prisión de dos a ocho años, multa de 20 a 100 días de salario y suspensión de profesión o inhabilitación en su caso, cuando la revelación a que se refieren artículo anterior sea hecha por persona que preste servicios profesionales o técnicos o por servidores públicos, y el secreto revelado o publicado sea de carácter industrial o mercantil”.
Y para rematar, el 284 bis, ratifica “a quien revele, divulgue o utilice indebidamente o en perjuicio de otro, información o imágenes obtenidas en una intervención de comunicación privada, se le aplicarán sanciones de seis a 12 años de prisión y de 300 a 600 días de multa”.
Por eso hoy, ante estas revelaciones, el gobernador Pablo Salazar presumió sus reformas y pidió a los medios se regulen y no anden difundiendo grabaciones telefónicas producto de intervenciones ilegales.












