“La intervención de la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado y de la Dirección del Registro Civil para aclarar que su hijo de ocho años no ha muerto”, fue lo que solicitó la señora Elia Becerra Pérez, quien presentó un amparo ante un juzgado federal porque el Registro Nacional de Población (Renapo) le expidió una Clave Única de Registro de Población (CURP) en donde establece que la misma presenta “inactividad por defunción”.
Acompañada del abogado José Luis Pérez Gómez, la señora explicó que su hijo estudia en la escuela primaria de la comunidad Juan Sabines “Poste Rojo”, en donde le han solicitado los documentos y por ese motivo realizó el trámite de la (CURP), que apareció con esa leyenda.
Sin soluciones
Ante esa situación ya ha realizado trámites en el Registro Civil del Estado y el Registro Nacional de Población (Renapo), ocasionándole una serie de gastos, pero sin que le den solución.
Por ello acudió ante el juzgado federal, para solicitar un amparo con la finalidad de que las autoridades competentes hagan las respectivas aclaraciones y se le pueda reactivar su CURP.
De acuerdo con el abogado Pérez Jiménez, explicó que hasta el año pasado la expedición de la CURP se realizó sin problema alguno, pero en el mes de julio pasado, ante la petición de la escuela, nuevamente lo solicitó pero “en la base de datos del Renapo aparece con la leyenda Inactividad por Defunción, lo que significará que el niño está muerto, lo cual no es así”.