Varias tiendas departamentales -al hacer una venta a crédito- colocan en el ticket dónde registran la transacción, el cual queda en la misma tienda, los datos que corresponden a un pagaré, con los pagos y el plazo en que se liquidará la deuda, el cual es autorizado por el cliente mediante su firma o huella dactilar, muchas veces sin darse cuenta.
Ahora bien, en el ticket que entregan a los clientes por su compra, donde dice también el plazo en que deben pagar y la cantidad mensual, incluyen diversas políticas de la misma empresa en letras chiquitas y datos que igualmente corresponden a un pagaré, pero no con el formato que se conoce comúnmente.
Carlos Daniel Conde Ramírez, abogado litigante, comentó que al llegar el vencimiento de un pago y el cliente no lo realiza por un periodo de tres o más meses, la tienda puede presentar una demanda por la vía ejecutivo mercantil, ya que si bien no se tiene el concepto estricto de pagaré, legalmente sí lo es y puede procederse por esa vía.
Enfatizó que en este caso no se aplica una pena de prisión, ya que la Constitución Política de México establece que nadie puede ser privado de su libertad por deudas o juicios civiles, lo que aplica es un embargo similar a la cantidad que el cliente de la tienda debe.
El abogado mencionó también que las tiendas departamentales por ley no pueden ejercer cobranza extrajudicial, como lo hacían anteriormente, cuando enviaban avisos de advertencia de embargo, o por medio de llamadas telefónicas a cualquier hora del día, con correos electrónicos u oficios, ya que son actos de molestia si no existe un documento emitido por la autoridad competente.












