Habitantes ch’ol de los municipios de Ocosingo, Palenque y Salto de Agua reclamaron al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) el avance de los trabajos del Tren Maya, pese a existir un amparo en el que se ordena la suspensión de la obra.
Los habitantes realizaron una acción legal que finalizó el pasado 8 de mayo, en el momento en que la juez segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales de Chiapas determinó conceder una suspensión a un grupo de indígenas que se ampararon frente a la determinación del Ejecutivo federal de continuar las obras del Tren Maya a pesar de la contingencia sanitaria que opera en el país derivada del Covid-19
De manera específica el juzgado, al emitir la medida cautelar, consideró procedente la concesión de la medida cautelar solicitada y le ordena a Fonatur “se abstenga de realizar actos tendentes a la ejecución del proyecto denominado Tren Maya, únicamente en lo que ataña a la comunidad a la que pertenecen los aquí quejosos, esto es la denomidada maya ch’ol”.
Sin embargo, Fonatur informó que el proyecto seguirá debido a que no ha sido notificado de tal amparo de forma oficial.
“En caso de existir dicha suspensión provisional, esta no tiene efecto alguno”, respondieron.
Fonatur agregó que no considera procedente dicha suspensión provisional, pues se trata de una vía de comunicación ferroviaria actualmente en operación y cuyos trabajos de obra son de mantenimiento y se llevarán a cabo con estricto apego a los protocolos sanitarios de medidas de protección.
Al respecto, la organización Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C. y el grupo de habitantes ch’ol, precisaron que lo argumentado por Fonatur para justificar la improcedencia de la suspensión, en el sentido de que se trata de un vía actualmente en operación y cuyos trabajos son sólo de mantenimiento, dista de lo señalado por esa misma institución en su comunicado 8/2020, en el cual, al dar a conocer a las empresas ganadoras de la licitación del tramo 1, Palenque-Escárcega.
En ella señala claramente que: “El Tramo 1 de la ruta del Tren Maya recorre desde Palenque, Chiapas, hasta Escárcega, Campeche. En estos 227 kilómetros aproximados se van a rehabilitar y mejorar vías existentes del Ferrocarril Chiapas-Mayab”.
Los demandantes comentaron que los trabajos del Tren Maya en el tramo Palenque-Escárcega no son sólo de mantenimiento, tan es así que la propia institución señaló que desde el 30 de abril iniciarían las obras de rehabilitación y mejoramiento de las vías ferroviarias a cargo de las empresas Mota-Engil México SAPI de C.V. en convenio con China Communications Construction Company LTD, Grupo Cosh S.A. de C.V Eyasa y Gavil Ingeniería S.A, ganadoras del proceso de licitación.
Por otra parte, añadieron que tampoco puede ser justificación para desacatar la resolución judicial, el hecho de que Fonatur no haya sido notificada de la orden de suspensión, pues la ley de amparo es clara en establecer en su artículo 136 que toda suspensión surtirá sus efectos desde el momento en que se pronuncie el acuerdo relativo.
“En ese sentido, resulta evidente que dicha institución tiene conocimiento de la medida precautoria dictada por la juez segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales del estado de Chiapas, con lo cual no puede argumentar la ausencia de notificación para violar la medida cautelar”, expresaron.
Por último, exigieron a Rogelio Jiménez Pons, titular del Fonatur, que debe ser el principal interesado en cumplir la legalidad, acate la medida cautelar emitida por la juez segundo de Distrito, de tal manera que se respete el estado de derecho y los derechos fundamentales de las comunidades salvaguardados por la medida cautelar en cita.












