"Elam Náfate * CP. ""Nosotros los juristas no podemos adoptar los usos y costumbres de los pueblos indígenas como una ley, porque hay algunos temas que contravienen los derechos humanos"", precisó Rudy Alberto Orozco Ruiz.
Dijo que los dos temas en los que los usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas contravienen a la dignidad y los derechos humanos de los ciudadanos mexicanos, son los referentes al tema de la mujer y la libertad de credo.
""Si como abogados validáramos algunos de estos temas como la venta de mujeres o el desplazamiento de familias por intolerancia religiosa, estaríamos avalando injusticias"", precisó.
En cuanto a los temas de cultura, la elección de sus autoridades y algunas decisiones que toman de forma agrupada, son bien vistas y son respetables, tanto así que la Constitución Política las contempla dentro del Artículo Segundo, especificó.
Añadió que los mecanismos para la defensa de los derechos de los pueblos indígenas están dados dentro de la Constitución, ""sin embargo no podemos validar aquellos que atentan contra la dignidad de las mujeres y la libertad religiosa"".
En ese sentido citó ejemplos de algunas comunidades en Chiapas en donde aún prevalece la venta de mujeres y jóvenes; al igual que en el caso de la intolerancia religiosa en donde han ocurrido casos en que familias completas son excluidas de sus comunidades de origen.
Por ello dijo que se debe trabajar en la información y concientización en las comunidades y pueblos indígenas para que conozcan a fondo sus derechos, esto se puede hacer a través de políticas públicas, destacó.
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