Las y los contribuyentes que sean identificados realizando operaciones con factureras o nomineras, que presenten pérdidas fiscales recurrentes, simulen o abusen de deducciones y obtengan ingresos que no sean declarados, serán sujetos a una auditoría por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que reforzó sus vías de vigilancia y sanciones para este año, a partir de la reforma fiscal.
El organismo recordó que el periodo para presentar la Declaración Anual de personas físicas es del 1º de enero al 30 de abril de 2026, mientras que en el caso de las personas morales el plazo va del 1º de enero al 31 de marzo.
Por lo que dio a conocer también que quienes sean identificados por abuso de estímulos fiscales, que presenten inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden, igualmente serán fiscalizados.
Sanciones
En caso de que se incumpla con el pago de impuestos, se realizará únicamente una auditoría por contribuyente. En los procesos se solicitará una muestra de las partidas sujetas a revisión y no el 100 % de la información, esto forma parte de una serie de mejores prácticas de transparencia.
Destacó que se garantizará la misma aplicación y criterios en cualquier oficina del SAT del país, respecto a procedimientos de fiscalización en partidas como descuentos, depósitos no identificados, mercadotecnia, importaciones, regulaciones no arancelarias, así como permisos, certificaciones y autorizaciones de comercio exterior.
Para la devolución de impuestos, en caso de que sea aplicable, dijo que para personas físicas se realizará en promedio en cinco días y para empresas en 30 días, considerando que el plazo establecido en la ley es de 40 días hábiles.
Según el SAT la finalidad de esta nueva política en los procedimientos es optimizar los recursos del sistema tributario, con menos auditorías y mayor recaudación, garantizando piso parejo en el cobro de las contribuciones.












