Veda de atún ya tiene fecha

Veda de atún ya tiene fechaLa pesca estará prohibida a partir del 29 de julio. Diego Pérez / CP

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), estableció de las 00:00 horas del 29 de julio a las 24:00 horas del 8 de octubre la veda para pesca de atún en aguas de la jurisdicción federal del océano Pacífico, desde Baja California, Baja California Sur y hasta el estado de Chiapas.

Los atunes establecidos en la veda son: aleta amarilla (Thunnus albacares), patudo u ojo grande (Thunnus obesus), aleta azul (Thunnus orientalis) y barrilete (Katsuwonus pelamis).

Embarcaciones

Con esta medida —publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF)— se prohíbe temporalmente que embarcaciones de bandera mexicana capturen esas especies en alta mar y en aguas jurisdiccionales extranjeras, que están en el área de regulación de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) para los años 2025.

La medida fue adoptada con base en las acciones de conservación y ordenación establecidas en la 102ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), basadas en evaluaciones científicas de la CIAT y que son vinculantes para los países miembros.

De manera que la prohibición aplicará para las embarcaciones atuneras de bandera mexicana de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo, que utilizan redes de cerco y embarcaciones de palangre de más de 24 metros de eslora total.

También, la veda aplicará para los titulares de permisos de pesca comercial para embarcaciones atuneras de bandera mexicana de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo que utilizan redes de cerco y de palangre de más de 24 metros de eslora total.

Regulación

Por otra parte, la regulación temporal se pondrá en marcha, desde las 00:00 horas del 9 de octubre de 2025 a las 24 horas del 8 de noviembre de 2026, en la zona comprendida entre los 96 grados y 110 grados de longitud oeste y los cuatro grados norte y tres grados de latitud sur, del océano Pacífico Oriental.

Es de destacar que el representante legal —de cada embarcación— deberá notificar a la oficina de la Conapesca más cercana a su puerto base, a través de un escrito libre y a más tardar 10 días hábiles posteriores a la publicación del presente acuerdo en el DOF de 2025 y hasta el 23 de mayo para 2026.

Al momento de iniciar un período de veda y durante la duración del mismo, las embarcaciones atuneras de cerco deberán permanecer en puerto, estableciéndose como excepciones a esta disposición la permanencia en el mar o la salida de puerto (zarpe).

La institución subrayó que quienes incumplan o contravengan lo establecido, de acuerdo con el presente acuerdo, se harán acreedores a las sanciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.