El juicio mediante el cual fueron sentenciados a 110 años de prisión el expresidente y el exregidor del concejo municipal de Pantelhó, Pedro Cortés López y Diego Mendoza Cruz, respectivamente, “está plagado de irregularidades”, afirmó la llamada Clínica de Litigio Indígena y Formación en Derechos Humanos (Clifodh).

Añadió que la jueza Guadalupe Flores Rocha “difirió en 14 ocasiones el inicio del juicio oral por diversas justificantes como el pedido del defensor público, la falta de datos en la carpeta de investigación, fallas mecánicas de la unidad de transporte del penal de El Amate, impedimento de ser traslados los imputados a San Cristóbal de Las Casas porque la fecha coincidía con excarcelaciones de otros procesados, impedimento o imposibilidad de los asesores de las víctimas, etcétera”.

En un comunicado sostuvo que lo anterior “violenta las formalidades del debido proceso, ya que se les obstaculizó el derecho a una justicia pronta, se violaron sus derechos humanos y se retrasó el esclarecimiento de los hechos en el juicio oral”, además de que “se violentó lo establecido en el artículo 16 del Código Nacional de Procedimientos Penales y no se aplicaron ni respetaron los principios del nuevo sistema penal contemplados en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Subrayó que “esto no sólo constituye una clara violación a lo previsto por la Constitución, sino que evidencia las malas prácticas de los jueces al diferir las audiencias, retrasando el proceso para las partes”, al tiempo de aclarar que “el diferimiento de las audiencias no es una regla, sino una excepción, como lo establece el artículo 20, fracción X, de la Constitución, que señala que los principios consagrados en este artículo deben ser observados y garantizados previo a la audiencia de juicio oral”.