Ven necesario nueva reforma a ley antitabaco

Organizaciones civiles dieron a conocer los resultados del monitoreo observacional para evaluar el cumplimiento de la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo de Tabaco en Chiapas.

Destacaron que se observó que el 63% de establecimientos permiten fumar en interiores, contrariando las estrictas regulaciones establecidas en la ley, como son mecanismos que eviten en traslado de partículas hacia espacios interiores 100% libres de humo de tabaco.

La organización Códice, Comunicación, Diálogo y Conciencia S. C., destacó que si bien la ley representa un avance en materia de regulación de consumo de tabaco en la entidad, un inciso de uno de sus artículos es el que atenta contra la salud de las personas que concurren a restaurantes y bares. Es el artículo 14, fracción II, inciso f: 

Artículo 14.- Por cuestiones de orden público e interés social, ninguna persona podrá fumar o mantener encendido productos de tabaco en los siguientes espacios abiertos públicos o privados, que correspondan a: lugares que estén dentro de 30 metros de cualquier puerta, ventana, mecanismo de admisión de aire de cualquier lugar público o lugar de trabajo; exceptuando a aquellos establecimientos que proporcionen espacios para el consumo de tabaco, tales como interiores aislados que dispongan de mecanismos que eviten el traslado de partículas hacia los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco y que no sea paso obligado para los no fumadores, o cuenten con áreas al aire libre.

Resaltó que se destacaron aspectos del monitoreo, tales como en un lugar permiten fumar en interiores después de las 11 de la noche, los lugares cuentan con poca señalización, en algunos lugares los encargados permiten fumar dentro de los establecimientos, existen terrazas con paso obligado para los no fumadores, lo cual es contra la ley.

Finalmente, indicó la asociación que el resultado muestra la necesidad de reformar la ley, suprimiendo cualquier redacción que implique la posibilidad de fumar en espacios interiores o exteriores techados, toda vez que se afecte severamente no solo a los fumadores sino a los no fumadores e incluso a quienes tiempo después asisten a los lugares y aspiran las toxinas que quedan en alfombras, cortinas y muebles de los espacios.