Víctimas

"Las víctimas de la violencia criminal no son consideradas daños colaterales por el Gobierno Federal. Hasta el 31 de diciembre del 2010 se habían registrado 34 mil 612 muertes en ese contexto, sostuvo el presidente Felipe Calderón, al responder a las preguntas planteadas en el Senado de la República con motivo de su V Informe de Gobierno.

Lo anterior ha sido un verdadero problema que ha hecho levantar la voz a la sociedad que se expresa a través de diversas organizaciones, algunas de ellas presentes en el más reciente diálogo que sostuvo el Ejecutivo en el Castillo de Chapultepec.

Nadie en verdad supondría, después de escuchar los testimonios dramáticos de quienes han sido afectados por este fenómeno en México, que no hubiera una respuesta y que las cifras de víctimas fueran sólo consideradas datos referenciales en listados realizados únicamente para una memoria de tipo estadístico.

El Presidente sostuvo al responder a la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, que ante ninguna de estas muertes es indiferente el Gobierno Federal ni las instituciones encargadas de procurar justicia y sancionar a los responsables, por el contrario, ha aclarado para quienes lo deban escuchar, que la base de datos de fallecimientos en ese contexto es necesaria para dimensionar la situación y de ninguna manera significa considerar a las personas fallecidas como un folio o una cifra.

El Presidente informó que hasta el 31 de diciembre del 2010 se habían registrado 34 mil 612 muertes por la ""rivalidad delincuencial"" y que el estado de Chihuahua ocupa el primer lugar con 10 mil 135 decesos, seguido de Sinaloa con cuatro mil 387, Guerrero con dos mil 739 y Baja California con dos mil 19.

En relación al cuestionamiento del Partido Revolucionario Institucional sobre los nombres de las víctimas, respondió que el registro que tiene en su poder el Gobierno Federal no determina el estado jurídico de la persona, ya que se asume el principio de presunción de inocencia.

En este sentido, ha dejado en claro que la pertenencia a una organización criminal sólo se puede determinar a través del resultado de las investigaciones ministeriales y que el homicidio es un delito que compete a las procuradurías del orden local y sólo en casos específicos la Procuraduría General de la República puede atraer dichos homicidios.

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