Roberto Duque Roquero, especialista en Derecho Electoral de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), calificó como un acto erróneo que se anule el voto como una forma de castigo a los partidos políticos, ya que esta acción solamente los beneficia con mayor cantidad de recursos públicos.
Como ejemplo, dijo que si en las próximas elecciones del 7 de junio se alcanzará una gran cantidad de votos nulos, como un 38 por ciento, así como 2 por ciento de votos nulos por accidente, un 3 por ciento para candidatos independientes y un 7 por ciento a los partidos que no alcanzaron registro, mientras que el restante 50 por ciento fuera para los partidos que sí lograron conservar el mismo.
Este supuesto pareciera que a los partidos no les fue tan bien, sin embargo, –dijo– la realidad es que ocurre todo lo contrario, esto debido a que la Ley electoral establece que el INE deberá sacar un nuevo 100 por ciento a partir de los votos emitidos específicamente para partidos políticos.
Dinámica
Esta situación en el ejemplo significaría que el 50 por ciento que obtuvieron los partidos se duplicará y se convertirá en una totalidad de votos, denominado voto nacional, es decir, que si un instituto político obtuvo un 18 por ciento en la votación total, a partir de la nueva legislación contaría con un 36 por ciento, y así sucesivamente para los demás partidos, esto para definir la fuerza de cada uno.
Duque Roquero señaló que con la nueva votación nacional obtendrán tres beneficios, que son diputados plurinominales, recursos públicos para los siguientes tres años (2016, 2017 y 2018), y tiempo en radio y televisión, por lo que la bolsa.Voto nulo realmente beneficia a partidosBolsa de dinero para los partidos políticos en conjunto no tiene que ver con la nulidad o la validez de los votos, ya que se calcula con base en una fórmula establecida.
En este sentido, Édgar Humberto Arias Alba, delegado del Instituto Nacional Electoral (INE) en Chiapas, explicó que la bolsa de financiamiento a los partidos políticos se determina multiplicando el 65 por ciento del salario mínimo vigente en el Distrito Federal por el número de electores que están inscritos en la lista nominal del año previo al que se hace el cálculo, siendo en este 2015 por un monto de 5 mil 82 millones de pesos.
Para la asignación ya concreta a cada partido político, se considera el porcentaje de votación que alcanzaron, pero éste hace referencia a la votación nacional, es decir descontando el número de votos nulos contabilizados en las casillas e incluso los votos de los partidos políticos que perdieron su registro por no obtener el 3 por ciento de la votación total.
Respecto de la asignación de las prerrogativas de los partidos, como el acceso a radio y televisión, de igual forma la Ley electoral establece un número determinado de minutos que les corresponden, cuya distribución se realiza con base en el porcentaje de votación alcanzado por los institutos políticos, descontándose también los votos nulos.
En lo relativo a la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, la fórmula de distribución no se desarrolla a partir de la votación total recibida en las casillas, sino de la votación efectiva, conocida ahora por la Ley como votación nacional, la cual no considera los votos nulos ni de aquellos partidos que perdieron su registro.
Por lo que sobre esa votación el porcentaje alcanzado por cada instituto se realizará la asignación de las 200 diputaciones de las 5 circunscripciones en las que se divide el país, observándose que los partidos que hayan obtenido mayoría no rebasen su límite de representación establecido en la Ley, que es del 8 por ciento.
Finalmente, Duque Roquero subrayó que en realidad el que la ciudadanía en las próximas elecciones emita su voto nulo no reducirá los recursos públicos a los partidos políticos, sino únicamente perjudicará a aquellos que no podrán alcanzar el 3 por ciento para seguir continuando con su registro nacional.