Vigilancia profunda del  SAT, ¿a quiénes aplica?

Los contribuyentes que sean identificados por presentar diferencias entre sus ingresos y egresos, según los registros que obtiene la autoridad fiscal a través de diversos medios de cruce de información, pueden ser trasladados al Programa de Vigilancia Profunda del Sistema de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con el contador público certificado Néstor Gabriel López López, este se trata de un operativo amistoso que utiliza modelos de riesgo para hacer comparativas de la información plasmada en declaraciones y en comprobantes fiscales digitales, a efecto de verificar los ingresos y egresos de cada contribuyente.

La vigilancia profunda es una facultad de gestión de la autoridad para acercarse con los particulares y notificarles que se detectó movimientos atípicos en sus ingresos y egresos. Mandando a llamar a los contribuyentes para detallar las diferencias encontradas, o bien, si debe algún concepto, antes de que inicie una auditoría.

Todo se basa en información precargada que registra la autoridad fiscal con mecanismos algorítmicos, que son registrados por un sistema electrónico, no en el criterio de personas.

Los contribuyentes tienen la oportunidad de explicar las diferencias que detecta el sistema, pero si la autoridad determina que no está bien detallado, puede aplicar una auditoría completa.

El contador mencionó que si un contribuyente emite comprobantes fiscales digitales y después los cancela, de manera recurrente, representando una cantidad importante el monto de lo cancelado, el programa del SAT emitirá una alerta.

Reiteró que la vigilancia profunda es un acercamiento amistoso, por lo que el SAT invita al contribuyente a explicar las anomalías, corregir diferencias y si tiene que pagar cierto concepto, que lo haga en un tiempo corto.

De no hacerlo, es cuando se pasa a la auditoría, pero después de cierto tiempo. No es obligatorio acudir inmediatamente a las revisiones de vigilancia profunda, si se considera que no hay motivo, si la actividad fiscal está en orden, o si la causa de no pago es justificable con pruebas. Por eso la recomendación es llevar toda la actividad fiscal en regla.

Enfatizó que el programa aplica para todos los contribuyentes, incluso personas bajo el régimen de salarios; por estadística es bastante aplicado a micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), que representan el 95 % del universo de unidades de negocio. Es aplicado justo en esta época del año, previo al cierre.