Fortalecido como generador de lectura

El decreto formaliza funciones editoriales y de fomento a la lectura. Cortesía
El decreto formaliza funciones editoriales y de fomento a la lectura. Cortesía

El documento, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, modifica el artículo 2 del decreto de 1994, con el fin de actualizar y ampliar sus atribuciones, alineándolas con la política educativa y cultural del actual gobierno y con los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030.

Con la reforma, el Fondo de Cultura Económica queda facultado de manera expresa para “editar, promover, exhibir, distribuir y, en su caso, comercializar libros, publicaciones y materiales editoriales en cualquier soporte”, tanto en territorio nacional como en el extranjero. Se establece como parte central de su propósito el “fomento a la lectura y al libro”, así como la coordinación de acciones con los tres órdenes de gobierno para que sus publicaciones lleguen a todos los sectores de la población.

El decreto reconoce que, entre 2018 y 2025, el sello editorial mexicano desarrolló acciones orientadas a ampliar el acceso al libro, entre estas la creación de colecciones de bajo costo, la expansión de la red de librerías públicas en el país, la producción masiva de ejemplares impresos y digitales, y la distribución de obras en comunidades con acceso limitado a bienes culturales.

Establecen atribuciones

Otro de los puntos relevantes es la incorporación definitiva al FCE de atribuciones que anteriormente correspondían a la Dirección General de Publicaciones de la Secretaría de Cultura federal.

La reforma formaliza funciones editoriales y de fomento a la lectura que el organismo ya venía ejerciendo en los hechos, como parte de un proceso de reordenamiento administrativo que evita duplicidades y refuerza la política pública en la materia.

El fortalecimiento del FCE se hará bajo los principios de “austeridad republicana”. El decreto establece que no se autorizarán ampliaciones presupuestales ni incrementos en el gasto de servicios personales, y que cualquier ajuste a la estructura orgánica deberá realizarse mediante movimientos compensados.

El organismo contará con un plazo máximo de 90 días hábiles para adecuar su marco normativo interno.