"Madrid * SUN. El 17 de septiembre del ano 2004, Rocío Jurado, además de ofrecer una conferencia de prensa en su casa de la Moraleja para anunciar que padecía cáncer de páncreas, también escribió su testamento.
El domingo pasado, a las 11 de la manana y apenas un día después de que el que fuera su segundo esposo, el torero José Ortega Cano, regresara de Miami, donde le hicieron un homenaje a la cantante, la abogada de la fallecida les reunió para leer el documento.
Según la ley espanola, los bienes de un fallecido se dividen en tres: un tercio es para sus hijos; en el caso de la cantante son Rocío y los dos adoptados José Fernando y Gloria Camila; otro tercio es ""de mejora"" para beneficiar a alguno de ellos (en este caso a Rocío); y el último es de ""libre disposición"", para distribuir entre familiares y amigos.
La cantante decidió que la heredera universal fuera su hija mayor y única hija biológica, Rocío Carrasco, a quien deja los derechos de todas sus canciones, un apartamento en Miami, la mitad de otro apartamento en la misma ciudad que compró con José Ortega Cano, la finca El Administrador (que la cantante compró de soltera y que está situada entre Chipiona y Rota, y de la que salen los vinos que comercializaba), así como la ropa, las joyas, los muebles, las pieles, y un tercio de la casa en la que vivía en el lujoso fraccionamiento de la Moraleja.
Sus otros dos hijos adoptados recibirán los otros dos tercios de la casa de la Moraleja, aunque será el padre de los ninos el administrador legal de los bienes, hasta que éstos cumplan la mayoría de edad. Además, la casa se deberá vender antes de un ano y ninguno de ellos la podrá comprar.
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