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Hoy Escriben - Alejandro Moguel

Acá entre nos

Luz verde para rastrear llamadas

Han estado transcurriendo algunos hechos a nivel nacional de los cuales ni siquiera hemos caído en cuenta por lo distraídos que estamos con los temas magisteriales. Uno de ellos bien podría afectar de manera directa a cualquiera de los más de 80 millones de usuarios de telefonía celular en distintas partes de México hasta llegar a un chiapaneco o incluso a quien esto escribe. Y no nos hemos dado cuenta con suficiente claridad de cuáles podrían ser sus alcances dañinos para cada uno de nosotros.

Resulta que la semana pasada, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo en el que señala que la intervención de llamadas telefónicas, sin autorización de un Juez, no vulnera el derecho a la inviolabilidad de las telecomunicaciones siempre y cuando esa llamada sea realizada para dar prioridad a la vida de una persona que esté en riesgo real o inminente.

Determinó negar un amparo a Samuel Isidro Duarte Contreras quien se encuentra en estos momentos sentenciado por la desaparición de su pareja sentimental Cecilia Jazmín Corrales Chavarría, en Chihuahua.

La breve historia es la siguiente: el 21 de febrero de 2007 fue la última vez que alguien vio a esa mujer precisamente cuando iba con el citado Duarte Contreras a quien había comunicado la noticia de que estaba embarazada, producto de la relación sentimental que ellos sostenían.

Después de haber sido sentenciado, dicho sujeto se amparó y argumentó violación al debido proceso porque el Ministerio Público solicitó a una empresa de telefonía móvil, sin la anuencia de un Juez, la información del comportamiento de llamadas entrantes y salientes de su teléfono y el de la joven desaparecida en días previos a su desaparición.

La intercepción de esas llamadas llevó al Ministerio Público a conocer que existía el registro de una transferencia de saldo del teléfono del detenido al de la víctima.

La Sala Superior determinó que el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones implica que éstas se mantendrán en todo momento protegidas, frente a cualquier intervención no consentida por quienes participan en la comunicación o autorizada por una autoridad judicial que funde y motive su decisión.

Dicha autoridad dejó en claro que no se viola ese derecho fundamental cuando derivado de la posible comisión de un ilícito penal, como en el presente caso, la víctima esté en un peligro real e inminente.

Resolvió que en este caso el impedimento de la víctima para dar su consentimiento en la intervención de la comunicación en la que es o fue parte fue tomada como un consentimiento implícito.

En cuanto a la información referente a la ubicación geográfica de los equipos móviles de la víctima, explicó la SCJN que tampoco se estima violatoria del artículo 16 de la Constitución, pues el objetivo principal de la geolocalización es la ubicación de equipos móviles y no de personas.

La Corte dejó en claro que con ello la información proporcionada por la empresa de telefonía no viola el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.

¿Cuál es el problema entonces?, habrán de preguntar algunos. El problema sería que cualquier Agente del Ministerio Público pudiera investigar, sin justificación judicial alguna, a su libre albedrio solamente para satisfacer sus curiosidades personales.

Esa circunstancia nos coloca a todos sin distinción en una situación de vulnerabilidad frente a muchísimos funcionarios públicos de esa naturaleza que gustan, anhelan y, en renombrados casos, abusan del poder que ostentan.

 De boca en boca

He escuchado la ridícula propuesta de que si van a evaluar a profesores deberían evaluar también al secretario de Educación Pública, Aurelio Nuño, o que si van a correr a maestros faltistas que mejor corran a uno solo, en referencia a él mismo. En primer lugar el señor Nuño no es profesor. La evaluación educativa está diseñada para los aspirantes a una plaza de maestro o para un maestro en funciones y sirve para medir su capacidad y habilidades de enseñanza frente a un grupo de alumnos. En segundo lugar se nota que hay enojo contra el titular de la SEP porque está aplicando la ley en ese sentido y anunciando los descuentos a quienes no se presenten a trabajar y las revocaciones de contrato contra quienes falten tres veces consecutivas. Pero él sólo está aplicando la ley, esa es su responsabilidad de funcionario público nada más. La reforma educativa trae atrás un amplio consenso político desde el momento en que se concibió. Fue avalada, al igual que las demás reformas estructurales, por las tres fuerzas políticas más grandes del país: PAN, PRD y PRI, hasta su proceso legislativo, que pasó por las dos cámaras legislativas federales y las dos terceras partes de los congresos locales, hasta su vigencia de ley. De manera tal que son irrisorias las versiones dirigidas contra el señor Nuño quien sólo está haciendo cumplir la ley en la materia*******La administración del gobernador Manuel Velasco Coello ha logrado poner en manos de más de siete mil 500 ganaderos casi 120 millones de pesos en sementales bovinos con registro genealógico. En Berriozábal, municipio representativo en producción pecuaria, sólo por citar un ejemplo, el gobierno estatal ha invertido casi nueve millones de pesos para apoyar a los productores del ramo. El reciente fin de semana, el ejecutivo estatal entregó en ese municipio, conurbado con la capital chiapaneca, más de 45 millones de pesos e insumos a productores de leche para el repoblamiento ganadero a fin de fortalecer la producción de lácteos en la entidad. Eso confirma que es una realidad el impulso a la actividad ganadera en Chiapas, el fomento a la mejora genética y el aumento del hato ganadero. Bastante se ha hecho también en esquemas de financiamiento e inversión para la capitalización de unidades de producción pecuaria.

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