¡Vamos a la consulta! No se detendrá. En su animada pista —que compite con otras, de última hora— nos distrae de la pandemia, la inseguridad y el colapso económico, que no se sujetan a consulta. Demos amenidad a nuestros días. Me preguntan:¿por qué cuestionar la consulta, si es una institución democrática y justiciera? Respondo: compartiría esta convicción si no fuera porque tras la fachada se alojan fantasmas que van tomando cuerpo: un cuerpo que arremete precisamente contra la democracia y la justicia.

La consulta desembarcó en la Constitución en 2012. Este marco de rostro democrático también facilita -lo estamos viendo- la presencia sigilosa de intenciones muy alejadas de la democracia. En la campaña electoral de 2018 se habló de someter a juicio a los expresidentes de la República. La idea se reanimó por la actual campaña del Ejecutivo –abierta y notoria- hacia las elecciones de 2021. La elección del 21 es el banquete; la consulta, un aperitivo.

Hay temas excluidos por mandato de la Constitución. Entre ellos figuran los relativos a derechos humanos, sustraídos a la «tiranía de la mayoría». Si lo que la consulta pretende es someter a juicio penal a ciertos individuos, destaquemos que la votación no podría suplantar a la Constitución. Ésta fija los términos de la persecución penal, que implica precisar los cargos que se formulan y la responsabilidad de los imputados, y establece los órganos a cargo de la persecución penal, cuyas atribuciones constitucionales no pueden naufragar bajo una oleada de votos amparados por la demagogia.

Se pregunta si procede garantizar el derecho del pueblo de México a la verdad y a la justicia, mediante las investigaciones correspondientes y salvaguardando el debido proceso y la presunción de inocencia, por los hechos de corrupción en que pudieron incurrir los expresidentes. Por supuesto, no cuestiono el derecho a la verdad y a la justicia. Pero es inaceptable ofrecer que se respetarán el debido proceso y la presunción de inocencia, que de entrada estamos vulnerando. Tampoco se puede ignorar que la persecución penal procede en contra de personas específicas y por hechos precisos y probados. Y es indebido desechar la competencia de los órganos a los que la Constitución encomienda la investigación y el enjuiciamiento. El hecho de que los resultados de la consulta sean vinculantes para las autoridades no significa que la muchedumbre se constituya en Ministerio Público y derogue la división de poderes. Esta suplantación sería el cauce para una dictadura, que acecha.

Pero hay un punto favorable. La Constitución dispone que “durante el tiempo que comprende el proceso de consulta popular, desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada deberá suspenderse la difusión de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno”, con excepción de la relativa a educación, salud y protección civil. Esto quiere decir, si leemos con intención “saneadora”, que en ese periodo no escucharemos los mensajes proselitistas de cada mañana. Sería un “beneficio colateral”. Algo bueno traería este aperitivo del banquete electoral.

Confío en que la Suprema Corte hará Justicia a la Nación. Resolverá sobre la constitucionalidad de la consulta. Es nuestra muralla frente al autoritarismo y la demagogia. Encendamos las veladoras. Con ellas llegaremos al Cabo de Buena Esperanza.