Absuelven a Nacif por tortura a Lydia Cacho

El Tercer Tribunal Colegiado en Quintana Roo otorgó un amparo a José Kamel Nacif Borge, el pasado 15 de julio, que lo libera de toda responsabilidad por el delito de tortura en contra de la periodista Lydia Cacho, bajo el argumento de que no existió una orden escrita que, expresamente, haya dado pie a los agravios cometidos en su contra el 16 y 17 de diciembre de 2005.

En abril pasado, el Segundo Tribunal Unitario en el estado negó un amparo a Kamel Nacif. Ante ello, el empresario interpuso un recurso de revisión, resuelto por el Tercer Tribunal Colegiado, liberándolo de toda responsabilidad.

La resolución del amparo en revisión 143/2021, fue votada a favor por Selina Haydé Avante Juárez, magistrada ponente del asunto, y Graciela Bonilla González, secretaria de tribunal en funciones de magistrada; con el voto en contra del magistrado Jorge Mercado Mejía, informó la propia Cacho Ribeiro, junto a su abogada Araceli Andrade y la organización Article 19 (México).

Para ambas magistradas los hechos ocurridos el 16 y 17 de diciembre de 2005 -cuando Lydia fue aprehendida y torturada de Cancún a Puebla- no tuvieron relación con la publicación del libro Los Demonios del Edén: el poder de la pornografía infantil en México.

A su juicio tampoco existe evidencia escrita de que se haya dado una orden expresa de que fuese hostigada o lastimada, lo que rompe la cadena de mando y ubica los agravios que sufrió como producto del comportamiento irresponsable de los policías que intervinieron en su detención.