Acciones afirmativas para el Congreso

Uno de los aspectos más importantes en que han incidido las autoridades electorales administrativas es el reconocimiento a sectores de la sociedad que históricamente han estado discriminados. Por ello, el Instituto Nacional Electoral (INE) durante el proceso electoral federal 2017-2018, emitió criterios aplicables para el registro de candidaturas a cargos de representación popular en el que estableció por primera ocasión una acción afirmativa por la que los partidos políticos nacionales o coaliciones debían postular para el caso de diputaciones federales por el principio de mayoría relativa, fórmulas integradas por personas que se autoadscribieran como indígenas, en al menos 13 distritos electorales federales con más del 60 % de población de indígena, respetando la paridad de género.

Para el proceso electoral 2020-2021, el Consejo General del INE nuevamente aprobó criterios aplicables para el registro de candidaturas a diputaciones por primera vez por ambos principios de representación, para que los partidos políticos postularan en 21 distritos candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa de acuerdo con la acción afirmativa indígena, y nueve correspondieron por la vía de la representación proporcional.

Para el proceso electoral 2023-2024, el Consejo General del INE aprobó en septiembre pasado un acuerdo para determinar una bolsa para que cada partido político, según conviniera a sus intereses, determinara las acciones afirmativas bajo las que haría sus postulaciones en ambas Cámaras.

Ese acuerdo fue revocado por el TEPJF y el pasado 25 de noviembre, el Consejo General del INE aprobó el mecanismo a través del cual se implementarán acciones afirmativas que permitan, por un lado, garantizar la paridad de género y, por el otro, incluir a grupos vulnerables en el registro de diputaciones y senadurías.

Para el proceso electoral federal 2023-2024, el INE determinó para la Cámara de Diputaciones que los 25 distritos electorales federales con más del 60 % de población indígena, los actores políticos deberán registrar fórmulas integradas por personas que se autoadscriban indígenas de forma paritaria.

Por lo que toca a otras acciones afirmativas también para la Cámara de Diputadas y Diputados por el principio de mayoría relativa, tres fórmulas de candidaturas deberán integrarse por personas afromexicanas, seis fórmulas por personas con discapacidad, dos fórmulas para personas de la diversidad sexual, las cuales podrán registrarse en cualquiera de los 300 distritos electorales.

Respecto a las nueve acciones afirmativas implementadas por el INE por primera vez para el Senado, se establece la aplicación de tres medidas afirmativas en los primeros 15 lugares de la lista de representación proporcional, una para migrantes, otra para población indígena y una más para personas con discapacidad.

Por el principio de mayoría relativa, cuatro corresponderán a la población indígena, en donde deberán contender en entidades con mayor al 30 % de población indígena en Campeche, Chiapas, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo y Yucatán. El resto de las acciones afirmativas corresponderán para una persona afromexicana y una más para personas de la diversidad sexual.

Con este panorama se incorporan segmentos importantes de la población a la representación política, lo que va construyendo el camino para contar con una sociedad incluyente, pluricultural y representativa que fortalece nuestro sistema democrático.