El criterio avalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas sin orden judicial, encendió las alertas entre especialistas, quienes advierten riesgos para ciudadanos y empresas ante esta medida.
Pese a que se considera como una acción administrativa y preventiva, expertos como María Fernanda Buergo Gómez, señalan que esto elimina el control judicial previo.
Maestra en Derecho Procesal Penal y especialista en Derecho Penal y Amparo, María Fernanda Buergo Gómez advierte en un comunicado que el principal problema es la falta de revisión inicial por parte de un juez.
“En la práctica, el congelamiento no distingue montos. Hemos visto casos donde por una cantidad específica se bloquea la totalidad de los recursos, afectando por completo el patrimonio o la operación de una empresa”, explica.
Este tipo de bloqueos puede tener efectos inmediatos, como la imposibilidad de cumplir obligaciones o mantener operaciones. Antes, la autoridad debía justificar la medida ante un juez penal, quien evaluaba los indicios. Hoy, esa revisión ocurre después.
En este nuevo escenario, la defensa se traslada a etapas posteriores mediante juicios de amparo, lo que complica la recuperación inmediata de los recursos.
Así también, el coordinador del PRI en la Cámara de Diputados, Rubén Moreira, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, para evitar que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloqueé cuentas bancarias sin orden judicial, como lo avaló recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A la UIF se le otorgó la facultad de bloquear cuentas bancarias a través de la inclusión de personas físicas o morales en un instrumento de control preventivo que la ley denomina “lista de personas bloqueadas”.
La iniciativa de Moreira se propone que para que una persona moral o física sea incluida en dicha lista, la UIF deberá acreditar previamente ante un juez de control que cuenta con indicios suficientes de que la cuenta bancaria de una persona se encuentra relacionada con los delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.












