Alerta de género, ¿sí o no?

La violencia contra las mujeres no cesa. A diario conocemos historias de horror. Chicas que jamás volvieron. Muchos nombres. Todos los nombres, para lo que hoy ya se nombra: feminicidio. Mujeres que mueren por el sólo hecho de ser mujeres. Cada vez, las víctimas son más jóvenes. La ira ha inundado al país, pero también la impotencia. ¿Quién se salva? ¿Quién no tiene miedo ante este horror cotidiano?

La historia comenzó en Ciudad Juárez. No sabíamos que sólo era el inicio de una larga noche para las mujeres. Vinieron desde entonces las reacciones de la sociedad y las respuestas del Derecho. La más importante, la promulgación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia del 1º de febrero del 2007. En 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó la sentencia conocida como Campo Algodonero que provocó nuevos ajustes normativos, entre ellos la tipificación del feminicidio y la obligación de aplicar la perspectiva de género en la tarea judicial.

En la Ley de Acceso se definieron todos los tipos de violencia, las órdenes de protección, la atención a las víctimas, los refugios para ellas y una figura que se denominó Alerta de Género. Con ella se buscaba evitar otro escenario como el de Juárez. Esto es, encender focos de alerta en aquellos municipios en los que se tuvieran indicios de que la violencia contra las mujeres iba en aumento. Se trababa de una medida excepcional para frenar el fenómeno con acciones concretas e idóneas.

Desde el inicio, la alerta se desnaturalizó porque se volvió un tema político. Cada gobernador buscaba evitarla a toda costa para que no fuera señalado ni sentado en el banquillo de los incompetentes. Pasaron años sin que se emitiera alguna declaratoria. Nuevos cambios normativos de junio de 2012 permitieron que la primera alerta se diera el 31 de julio de 2015 en 11 municipios del Estado de México. Un mes después, se declaró en 8 municipios de Morelos. En 2016 vinieron las alertas para Chiapas, Nuevo León y Veracruz. En 2017 para Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerrero, Quintana Roo y Nayarit. En siete casos se decidió no declararla y hoy hay solicitudes para 9 Estados más, incluida la Ciudad de México.

La pregunta es ¿se necesita declararla? ¿Ha servido de algo? Después de la declaratoria ¿se han dado cambios significativos y disminución del fenómeno? La respuesta es que desafortunadamente no. Son escasos los municipios en donde ha habido una ligera baja de la incidencia, pero no definitiva.

Desde mi particular opinión y después de revisar las distintas alertas decretadas, concluyo que parte del problema es que no ha habido, desde que se solicita la Alerta, diagnósticos precisos que diferencien las particularidades del fenómeno en cada lugar; tampoco se han instrumentado acciones diferenciadas y excepcionales para atacar la raíz del problema.

¿Qué sigue? Desde mi punto de vista, es indispensable reformular el mecanismo. Asumamos que todo el país está en alerta. Para qué terminar de cubrir toda la geografía nacional con declaratorias formales si no hay datos alentadores. No se ha logrado romper las inercias institucionales y que cada operador asuma una nueva manera de abordar el tema. Hay que seguir capacitando sí, pero con una medición de los cambios reales en el trabajo cotidiano principalmente de policías, fiscales y jueces.

La acción más cuidadosa tiene que darse a nivel local. Las directrices generales pueden ser federales, pero el cara a cara, casa por casa, conciencia por conciencia, tiene que desplegarse en todos los municipios de México a partir del reconocimiento de la dignidad de las mujeres que no somos ni un objeto de libre disposición ni menos aún un producto desechable. No se puede perder más tiempo porque seguimos perdiendo vidas.