"México, DF * Notimex. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a dos empresas de telefonía y confirmó el criterio de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no es competente para revisar las resoluciones de la Cofetel.
Al analizar diversos juicios promovidos por las compañías telefónicas, los ministros determinaron que corresponde a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) fijar tarifas de interconexión en la modalidad ""el que llama paga"".
De esta manera el alto tribunal invalidó por mayoría las tarifas que fijó la SCT en el esquema referido para el periodo 2008-2011, al no establecerse las condiciones de interconexión entre las empresas involucradas, en este caso Axtel y Telefónica.
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