En las últimas semanas políticos, capos de la droga, particulares, organizaciones de la sociedad civil y empresas han aparecido en las listas de amparos que diariamente publican los juzgados federales.
Todos buscan, mediante el juicio de amparo, frenar los actos de autoridades que consideran que les violan sus derechos humanos y que no fueron emitidos conforme a la ley.
Algunos de ellos, como Emilio Lozoya, Carlos Romero Deschamps, Javier Duarte y Rosario Robles han obtenido suspensiones provisionales y/o definitivas contra órdenes de aprehensión, bloqueos de cuentas bancarias, entre otras medidas.
Sin embargo, estas suspensiones no son lo mismo que un amparo ni son protecciones que duran para siempre, en algunos casos los requisitos impuestos por los jueces para conceder estas medidas, no resultan del todo convenientes para quienes las piden.
Entonces, ¿qué es un amparo?
El juicio de amparo puede ser de dos tipos: directo o indirecto.
El amparo directo busca impugnar sentencias, laudos o cualquier resolución que pone fin a un juicio y que el gobernado considera que viola sus derechos fundamentales.
Los procedimientos de cada materia establecen distintos medios de impugnación que deben ser agotados antes de llegar al amparo.
El amparo indirecto sirve para impugnar cualquier otro acto de autoridad que no pone fin a juicio pero que el gobernado considera que viola sus derechos, como las órdenes de cateo, aprehensión, bloqueo de cuentas bancarias, entre otros.
¿Y la suspensión?
Al tramitar un amparo, los quejosos tienen derecho a solicitar que se les conceda una suspensión provisional y posteriormente definitiva para que las cosas permanezcan en el estado que se encuentran hasta que se determine si el acto que reclamaron es o no legal.
Para ello, se tramita un incidente de suspensión que se lleva de manera paralela al juicio de amparo.
¿Qué pasa si conceden un amparo?
Como explicamos anteriormente, los amparos no tienen una vigencia permanente, únicamente subsisten mientras esté vigente el acto reclamado.
Por ejemplo, este miércoles le informamos que la Fiscalía General de la República (FGR) dictó un acuerdo de ejercicio de acción penal por el delito extorsión en contra del empresario argentino, Carlos Ahumada, quien supuestamente lo cometió en agravio de Rosario Robles.
Dicha determinación derivó del cumplimiento de una sentencia en la que se le concedió el amparo a Ahumada para que la FGR ajustara a derecho su decisión de proceder penalmente contra él.
Una vez que la ajustó, el juez deberá tener por cumplida la sentencia de amparo y hasta ese momento dejará de tener vigencia la protección que obtuvo.












