Anulan sanción a farmacéutica de exdelegado Carlos Lomelí

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó anular tanto la sanción económica, por un millón de pesos, como la inhabilitación de dos años seis meses, a la farmacéutica Lomedic, SA de CV, empresa fundada por el exdelegado de Bienestar en Jalisco, Carlos Lomelí Bolaños, y que fuera sancionada por la Secretaría de la Función Pública (SFP) por proporcionar información falsa en procesos de contratación pública.

Esto luego de que los miembros de la Sala Superior del Tribunal, por mayoría de votos, decidieron anular las infracciones emitidas por la Función Pública, debido a que la empresa aportó pruebas donde señaló que para los procesos de contratación de 2015 -por los cuales la farmacéutica fue multada-, el exsubdelegado ya no era socio de la empresa, pues había donado mediante contrato privado las 158 acciones de su propiedad a su esposa Karina Lucía Navarro Pérez.

El magistrado Víctor Orduña Muñoz fue el ponente del caso ante la Sala Superior del Tribunal, y señaló que la farmacéutica no tenía por qué solicitar autorización de la SFP para participar en contrataciones, pues el funcionario público imputado ya no era socio. 

Agregó que mediante acta de asamblea ordinaria de accionistas celebrada el 30 de octubre de 2012, los accionistas de Lomedic, SA de CV, aprobaron que el entonces socio Carlos Lomelí llevaría a cabo la donación de sus títulos de acciones a su esposa Karina Lucía Navarro Pérez.

Misma que fue presentada al corredor público No. 23, el 16 de noviembre de 2012; sin embargo, fue certificada por un notario público hasta el 1 de agosto de 2019. 

“Si bien es cierto, que la certificación ante fedatario público del acta de asamblea ordinaria de accionistas del 30 de octubre 2012 se realizó hasta el 1 de agosto de 2019, también lo es que dicha acta debe adminicularse, precisamente con el contrato de donación de acciones de fecha 30 de octubre 2012, cuya certificación se dijo que fue hecha el 16 de noviembre de 2012, es decir, el mismo año por el corredor público No. 23”, explicó el magistrado.