Aprueba Senado revalidar estudios de migrantes

Aprueba Senado revalidar estudios de migrantes

El pleno del Senado de la República aprobó en lo general, con 107 votos a favor y uno en contra, el dictamen que reforma la Ley General de Educación, que  garantizará que todas las personas que habitan en el país tengan las mismas oportunidades para transitar por todos los tipos y niveles del Sistema Educativo Nacional y agilizar la revalidación de estudios realizados en el extranjero.

El dictamen, elaborado por las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos, contiene 13 modificaciones al proyecto original enviado por el Ejecutivo Federal, el 1 de febrero pasado.

Con las modificaciones al Artículo 2, se garantiza que todos los habitantes del país tengan las mismas oportunidades para transitar por todos los tipos y niveles del Sistema Educativo Nacional.

En cuanto al Artículo 12, eleva a rango de ley la facultad de la Secretaría de Educación Pública (SEP) de establecer normas de control escolar que faciliten, en el caso de la educación básica, la inscripción, reinscripción, promoción, regularización, acreditación y certificación de estudios.

En ese mismo artículo se faculta a la SEP para emitir un marco nacional de cualificaciones, dirigido a facilitar la movilidad de estudiantes en el sistema educativo, así como a autorizar a las instituciones particulares, con reconocimiento de validez oficial, y públicas a otorgar revalidaciones y equivalencias parciales de estudios de educación media superior y superior.

En el Artículo 14 se establece que las autorizaciones antes mencionadas no tendrán carácter definitivo; en el Artículo 56, se señala la obligación de las autoridades educativas de publicar en sus portales electrónicos la lista de instituciones autorizadas.

La reforma al Artículo 32 faculta a las autoridades educativas a implementar acciones dirigidas a atender, de manera preferente, a las personas que enfrentan situaciones de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, de identidad cultural, origen étnico o nacional o situación migratoria, entre otras.

El Artículo 33 obliga a las autoridades educativas, federal y locales, a garantizar el acceso a la educación de las personas que no cuenten con documentos académicos o de identidad; así como cancelar la obligatoriedad de presentar actas de nacimiento o apostillas.

En el Artículo 63 se establece que las autoridades educativas e instituciones que otorguen revalidaciones y equivalencias deberán promover la simplificación de dichos procedimientos, atendiendo a los principios de celeridad, imparcialidad, flexibilidad y asequibilidad.