El pleno del Senado aprobó en lo general, con el voto de Morena y sus aliados, la reforma a los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo que establece que tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales.

Durante la sesión ordinaria vespertina con 69 votos a favor y 42 en contra se avaló en lo general la reforma, que alertó la oposición, es un paso más hacia la destrucción del juicio de amparo como una herramienta eficiente para defender derechos humanos.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, argumentó que con la reforma “no estamos afectando derechos, ni por supuesto que estamos haciendo una regresión en las garantías y en la promoción de derechos y desde luego tampoco violentamos el principio de constitucionalidad”.

En tribuna, aseguró que simplemente estamos de acuerdo con el principio de la relatividad de las sentencias de amparo y del principio de constitucionalidad de las leyes.

La senadora sin partido, Claudia Ruiz Massieu, dijo que la reforma “se enmarca en el contexto de la confrontación promovida y alimentada desde el Poder Ejecutivo con el Poder Judicial de la Federación particularmente por el enojo causado por el freno que pusieron los jueces a la actuación inconstitucional del Poder Legislativo del Poder Ejecutivo en temas que son importantes para la agenda presidencial”.

La senadora por Movimiento Ciudadano, Laura Ballesteros, sostuvo que esta reforma “es un paso más hacia la destrucción del juicio de amparo como una herramienta eficiente para defender derechos humanos”.