El pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general, por 462 votos a favor, la reforma a la Ley Federal del Trabajo para otorgar diversos derechos a los trabajadores de plataformas digitales que prestan servicio de transporte de personas o repartidores de comida, como Uber, Didi o Rappi.
A pesar de que se avaló por unanimidad, la bancada del PAN señaló que se corre el riesgo de que se convierta en una reforma recaudatoria, ya que Morena y sus aliados no incorporaron el régimen fiscal que les corresponde, es decir, el 625 que retiene 0.021 % del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
“Hay ajustes que tenemos que hacer y, de verdad, lamento mucho que el secretario del Trabajo haya venido aquí a decir y a comprometerse que el régimen fiscal no iba a moverse, y que hoy no podamos tener la certeza de ello, porque ustedes no quieren dejarlo por escrito”, dijo la diputada Paulina Rubio (PAN).
La diputada Maiella Gómez (Morena), presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, dijo que esta reforma es necesaria “porque reconoce una realidad que ha sido ignorada durante demasiado tiempo, y es que más de los 650 mil trabajadores mexicanos que participan en dicho sector, laboran al margen de la Ley Federal del Trabajo”.
En ese sentido, su compañero de bancada, el diputado Carlos Castillo expuso que se garantizan derechos laborales esenciales como: la seguridad social universal, incluyendo acceso al IMSS, atención médica y pensiones.
Las plataformas digitales tendrán prohibido dar trabajo a menores de 18 años; cobrar a los trabajadores por la inscripción, uso o separación; retener dinero; restringir la conexión; encubrimiento o simulación que busque desvirtuar el vínculo laboral mediante contratos de carácter civil, mercantil u otros; manipular el ingreso para evitar su calificación como trabajadores subordinados.
El dictamen también incluye multas para las personas físicas o morales que administren las plataformas digitales, en su carácter de patrón, por incurrir en faltas: de 2000 a 25 000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) cuando no se registre el modelo de contrato.