"México * Notimex. El pleno de la Suprema Corte declaró la inconvencionalidad del Artículo 57, fracción II, inciso A del Código de Justicia Militar, por ser incompatible con el Artículo 13 de la Constitución, a la luz de la sentencia del 23 de noviembre de 2009 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Lo anterior al resolver el amparo en revisión 134/2012, durante el análisis y debate que realiza la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre los amparos en revisión referentes al tema del fuero militar.
Derechos humanos
El máximo tribunal del país determinó que dicho ordenamiento establecido en el código, no garantiza que civiles o familiares víctimas de violaciones a los derechos humanos tengan la posibilidad de someterse a la jurisdicción de un juez o tribunal ordinario.
El pleno de la SCJN concedió el amparo a una quejosa que se desempeñaba como Sargento Segundo Auxiliar Educadora, al servicio de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), en el Cendi número 1 ""Niños Héroes de Chapultepec"", y que es acusada de corrupción de menores y abuso sexual.
En la sesión pública de este jueves se analizó el amparo que promovió la quejosa contra los autos de formal prisión del 6 de enero y del 20 de agosto de 2011, dictados en su contra por un juez militar en las causas penales 751/2010 y 352/2011, por los delitos de corrupción de menores y abuso sexual, respectivamente.
A derecho proceda
De esta manera, al resolver el amparo en revisión 134/2012, el pleno de la Corte modificó la sentencia dictada por el Juez Primero Militar de la Primera Región del Ejército Mexicano, de fecha 22 de noviembre del 2010, que ampara a la quejosa, pero será un juez federal a quien compete resolver lo que a derecho proceda.
En este caso, los ministros del tribunal constitucional continuarán con el debate de más amparos en revisión sobre fuero militar.
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