El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley General de Salud, por 401 votos en favor, para prohibir la venta y suministro de bebidas energéticas a menores de 18 años, en establecimientos comerciales y mercantiles. Y fue enviada al Senado para continuar con su proceso legislativo.
La modificación también prevé la sanción con multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir 226 mil 280 pesos, a quien viole dicha disposición.
El pleno también aprobó una reserva presentada por los diputados Ricardo Monreal Ávila (Morena) y Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN) que obliga a la Secretaría de Salud a establecer las diferentes categorías de bebidas energetizantes en la Norma Oficial Mexicana correspondiente, a fin de catalogar las que ameriten restricciones de consumo en determinadas poblaciones, alertas sanitarias específicas o restricciones para su publicidad o comercialización.
Asimismo, la Ssa expedirá la Norma Oficial Mexicana que establece las categorías, ingredientes, concentraciones máximas permitidas y especificaciones técnicas de las bebidas energéticas, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor.
La diputada Amancay González Franco (MC) señaló que “además de aprobar esta iniciativa, se debe entender que también urge regular la publicidad engañosa, que es la que está incitando al consumo irresponsable. Lo peligroso de esto es que el 43 % de las personas que consumen bebidas energéticas, lo hacen mezclándolas con alcohol, provocando un choque en el sistema nervioso”, dijo.
La diputada Abigail Arredondo Ramos (PRI) refirió que el consumo de bebidas energizantes en nuestro país ha ido en aumento drásticamente, en los últimos años, especialmente en el sector de las personas más jóvenes y menores de edad.