El pleno del Senado de la República avaló un paquete de reformas que fortalecen la actuación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en la supervisión de la cadena de producción y comercialización de los hidrocarburos, a fin de evitar que los gasolineros o distribuidores adquieran gasolina robada para venderla.
En el marco de la sesión ordinaria de este martes, se aprobó por 69 a favor, 18 en contra y dos abstenciones, la reforma que fortalece las facultades de las autoridades fiscales en el combate al llamado ‘huachicoleo’, es decir la ordeña de ductos de Pemex, así como la distribución y venta del combustible robado, incluso en gasolineras establecidas.
Se establecen reformas al Código Fiscal de la Federación, la Ley Aduanera, el Código Penal Federal y de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos.
Sanciones
Las reformas fortalecen las funciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los propietarios de gasolineras emitan por obligación comprobantes fiscales digitales por medios propios a través de proveedores de servicios o con los medios electrónicos que en dichas reglas se determine.
Se impondrá sanción de tres a ocho años de prisión a los dueños y administradores de gasolineras que no mantengan los controles volumétricos; carezcan, alteren, inutilicen o destruyan los equipos y programas informáticos destinados a llevar a cabo los controles volumétricos.
Asimismo, cuando la Comisión Reguladora de Energía advierta que una persona realiza actividades sin permiso o no acredite la adquisición lícita de los hidrocarburos, se impondrán sanciones como la clausura temporal, total o parcial.
La reforma aprobada este martes en el Senado de la República previamente por la Cámara de Diputados fue turnada al Ejecutivo federal para su publicación.
Expiden nueva Ley Forestal SustentableEn otro tema, el Senado de la República expidió una nueva Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y aprobó el dictamen que abroga la que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2003.
La nueva ley, tiene como objetivo regular y fomentar el manejo integral y sustentable de los territorios forestales.
Además de distribuir las competencias que en materia forestal correspondan a la Federación, las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, bajo el principio de concurrencia previsto en el Artículo 73, fracción XXIX-G, de la Constitución, con el fin de propiciar el desarrollo forestal sustentable.
En el dictamen que crea esta nueva Ley y que se regresó a la Cámara de Diputados, se incluye que cuando se trate de recursos forestales cuya propiedad o legítima posesión corresponda a los pueblos y comunidades indígenas, se observará lo dispuesto por el Artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
También se destaca que dentro de los 180 días hábiles siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, la cual prevé un enfoque ecosistémico en el manejo forestal sustentable, el Ejecutivo Federal deberá emitir su reglamento.












