México, D.F. * Notimex. La Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, para garantizar una pensión mínima de 180 días de salario mínimo vigente a los familiares de los militares caídos en combate.
De igual forma, avaló un incremento en su haber de retiro a los militares con 20 a 29 años de servicio, el cual será a partir de 50 por ciento y aumentará un uno por ciento por cada año de servicio hasta llegar al 59 por ciento. Lo anterior, debido a que el régimen de retiro de los elementos del Ejército, Fuerza Aérea y Armada de México no es por vejez, sino al llegar a la edad límite establecida para permanecer en el servicio activo, que va de los 50 a los 65 años, dependiendo de las jerarquías militares. En el dictamen, se incluye además reducir el término para acceder a un crédito de vivienda militar de 10 a por lo menos seis años, homologando los términos que se establecen en leyes como las del Infonavit y del Fovissste. Se añade que en caso de fallecimiento de un militar o de incapacidad en primera o segunda categorías, en acción de armas, a la viuda o viudo, concubina o concubinario con derecho a pensión, o al militar incapacitado con haber de retiro, se les podrá otorgar un crédito hipotecario a juicio de la Junta Directiva del instituto.











