Comisión recibe Reglas del Mercado Eléctrico

La emisión de las primeras Reglas del Mercado Eléctrico fueron entregadas a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), por lo que dicha entidad evaluará y determinará las necesidades de modificación y actualización de las mismas.

El subsecretario de Electricidad de la Secretaría de Energía (Sener), Fernando Zendejas Reyes, realizó la entrega al comisionado presidente de la CRE, Guillermo García Alcocer, durante una reunión de trabajo que se llevó a cabo en las instalaciones de la Comisión.

El funcionario explicó que con esta entrega se declara formalmente terminada la emisión de las primeras Reglas, mismas que recogen las mejores prácticas de otros mercados internacionales consolidados y permitirán la operación eficiente del Mercado Eléctrico en el país.

Las Reglas del Mercado establecen las directrices que deben seguir todos los integrantes de la industria eléctrica, a fin de que las personas que celebren con el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) un contrato de Participante del Mercado, en la modalidad de generador, suministrador, comercializador no suministrador o usuario calificado, puedan realizar transacciones de compra-venta de energía eléctrica.

Asimismo, servicios conexos, potencia, certificados de energías limpias y los demás productos que se requieren para el funcionamiento del Sistema Eléctrico Nacional (SEN) en un ambiente de competencia y transparencia que propicie la reducción de costos, expuso la Sener en un comunicado.

La Ley de la Industria Eléctrica (LIE) establece en sus disposiciones transitorias que, por única ocasión, sea la Sener que emita las primeras Reglas del Mercado, y que las mismas incluirán las Bases del Mercado Eléctrico y las Disposiciones Operativas del Mercado que la referida Secretaría determine.

Las Disposiciones Operativas del Mercado son los documentos que definen los procesos operativos del Mercado Eléctrico Mayorista, de conformidad con las Bases del Mercado Eléctrico y comprenden Manuales de Prácticas de Mercado, Guías Operativas y Criterios y Procedimientos de Operación.