La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerció su facultad de atracción para conocer de un amparo en revisión que involucra al exgobernador de Chiapas, Pablo Salazar Mendiguchía, acusado por padres de familia por la muerte de sus hijos en el Hospital General de Comitán, entre 2002 y 2003.
El caso llegó a la Corte porque el Juzgado Segundo de Distrito con residencia en Tuxtla, Gutiérrez, Chiapas, amparó a Salazar Mendiguchía, al tiempo de sobreseer –figura que implica desistimiento– el juicio contra el exmandatario estatal, a quien se le responsabilizó de negligencia por el fallecimiento de recién nacidos, durante su gestión, en el mencionado hospital en que murieron más de 35 niños, entre noviembre de 2002 y enero de 2003.
El caso llegó al Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito debido a que Concepción Alfonso Zamorano y José Antonio Morales López, quienes perdieron a sus gemelos, impugnaron el fallo. Tras resoluciones adversas, el asunto llegó al Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Séptima Región, en otro estado del país, que solicitó a la Corte la atracción del caso.
El tema es relevante. Por eso el gobierno de Juan Sabines Guerrero lo reabrió en 2011, en momentos en que había interés de proceder contra Salazar. Entonces el juez giró una nueva orden de aprehensión contra el exgobernador, por el delito de homicidio doloso.
Cuando se giró esa orden de captura, Pablo Salazar se encontraba preso en el penal de El Amate, por el delito de peculado por más de 100 millones de pesos en agravio del estado. Aunque también enfrentó cargos por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita. Sobre esto, es pertinente hacer énfasis en un hecho de suma relevancia en la coyuntura actual. Eran muchos los cargos que enfrentaba en su momento el exgobernador. Sin embargo, en una entrevista, al salir “exonerado” de “golpe y porrazo” de prisión, se atrevió a declarar que su excarcelación había sido gracias a una negociación directa que tuvo con su sucesor, Juan Sabines Guerrero.
Pero los hechos continuaban allí. Un diagnóstico emitido el 13 de enero de 2003 por la Secretaría de Salud, la Procuraduría General de Justicia, la Contraloría General de Gobierno del estado de Chiapas, y la Organización Panamericana de la Salud, reconoció que en ese hospital no se contaba con la infraestructura ni los recursos humanos suficientes para atender la demanda de cuidados neonatales, así como un inadecuado control prenatal en la mayoría de los casos. Pero en el curso de las diligencias, de acuerdo con declaraciones de quienes fueron citados en los expedientes, se puso en evidencia que el exgobernador Pablo Salazar estaba perfectamente enterado de esa situación, y que de manera intencional no la corrigió por una pugna con su antecesor en la gubernatura de Chiapas, que era originario de ese municipio.
Sobre el caso, hay que recordar que el 3 de enero de 2003, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Chiapas radicó de oficio la queja número CEDH/COM/002/01/2003, por la denuncia de la muerte de 18 menores recién nacidos en el Hospital General de Comitán.
Incluso, la misma Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió el 25 de abril de 2004 la recomendación 24/2004, dirigida al entonces gobernador Pablo Salazar, tras acreditar una inadecuada atención médica en ocho de los 35 casos de recién nacidos fallecidos durante los meses de diciembre de 2002 y enero de 2003, en el Hospital General de Comitán.
Por su parte, la Procuraduría General de Justicia del Estado sostuvo que las pruebas “demuestran fehacientemente” que el exgobernador contaba con recursos públicos suficientes para invertir en el Hospital General, pero omitió hacerlo.
Por todo lo anterior, el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación intervenga en estos lamentables acontecimientos es un hecho que abre esperanzas de que por una vez, por una sola vez, se administre justicia llana y verdadera; no sujeta a intereses políticos.












