"Competencia del IFE por ""tiempos"""

México, DF. * Notimex. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que sólo compete al IFE, y no a los organismos locales en materia electoral, regular la administración de tiempos oficiales destinados a propaganda de los partidos políticos.

Al comparar la Ley Electoral de Guerrero con las reformas a la Constitución en materia electoral, la Corte determinó que no pueden existir dos sistemas para la regulación de los tiempos oficiales en los medios de comunicación destinados a propaganda electoral.

El pleno de la SCJN respaldó por unanimidad la propuesta de la ministra Margarita Luna Ramos, quien estableció en su proyecto que los órganos electorales de las entidades federativas no tienen facultades para regular la distribución de los tiempos. Y así la Corte confirmó que el IFE es el único organismo con atribuciones para administrar los tiempos oficiales.