La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada que declaró la inexistencia de diversas infracciones atribuidas al presidente Andrés Manuel López Obrador durante el proceso electoral.

La sentencia fue presentada por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, al expediente SUP-REP-636/2024 por la denuncia presentada por el PAN, y avalada por tres votos a favor y dos en contra, de los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón refirió que el análisis de la Sala Especializada no fue exhaustivo, por lo que solicitó que se revocara la sentencia; sin embargo, no fue apoyada su petición durante la votación.

Cabe recordar que el PAN presentó la queja ante el INE el pasado 27 de febrero, contra el presidente López Obrador, porque en las conferencias de prensa del 17 y 19, realizó manifestaciones con un supuesto matiz electoral.

El 4 de marzo, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE dictó medidas cautelares de tutela preventiva, solo por la conferencia del 19 de febrero, pero no por la del 17 de ese mismo mes. Por su parte, la Sala Especializada declaró la inexistencia de las infracciones analizadas.