Corte batea impugnación contra elección judicial

Corte batea impugnación contra elección judicialEl juez Iván Bravo Olivas realizó la impugnación en calidad de aspirante a magistrado de la Sala Superior del TEPJF. Cortesía

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó de plano la impugnación en materia electoral promovida por el juez Iván Bravo Olivas, contra los resultados de la elección de magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en el distrito 04 del estado Durango.

En menos de cinco minutos y por unanimidad de votos, el pleno del máximo tribunal desestimó el juicio de inconformidad 1/2025, toda vez que Bravo Olivas no era candidato a alguna de las dos magistraturas que estuvieron en disputa en el proceso judicial extraordinario de junio pasado.

De acuerdo con el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, aprobado por el pleno, el juez Iván Bravo Olivas realizó la impugnación en calidad de aspirante a magistrado de la Sala Superior del TEPJF por haber sido excluido de la lista publicada por el Comité de Evaluación del Poder Legislativo federal sobre los perfiles idóneos para ocupar dicho cargo.

“Sin embargo, se estima que esta personalidad con la que se ostenta no es suficiente para considerar que cuenta con legitimación necesaria para este caso pues la referida Ley General (de Medios de Impugnación en materia Electoral) es clara en establecer que las personas que cuentan con legitimación para impugnar los actos dentro de la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación (PJF) son los candidatos o candidatas”, explicó el ministro Pardo Rebolledo al presentar su proyecto.

“Así, toda vez que no se advierte que el actor tenga calidad de candidato a alguno de los cargos que fueron objeto de la elección judicial, en este caso particularmente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sino, como referí anteriormente, él se ostenta como candidato a un cargo de magistrado de Circuito, estimamos que lo procedente es desechar de plano el presente juicio de inconformidad”, agregó.