Debido proceso

Debido proceso

Al cierre de 2024, 36.3 % de las personas privadas de la libertad en México no tenía sentencia. Esto representa más de 85 mil personas en reclusión sin que exista resolución judicial definitiva sobre su situación jurídica.

Para 2025, las estimaciones superan las 100 mil personas en prisión sin sentencia, lo que equivale a alrededor de 40 % de la población penitenciaria nacional.

Estas personas permanecen bajo prisión preventiva, en muchos casos oficiosa, que se dicta de manera automática según el tipo penal imputado y no a partir de una evaluación individual del riesgo procesal.

Entonces la medida cautelar opera como sanción anticipada, es decir: se priva de la libertad a la persona (a veces durante periodos prolongados) aun cuando no existe sentencia que confirme responsabilidad penal.

Este fenómeno habla de la necesidad de concluir los procesos ya que se alargan, entre otras razones, por las condiciones de la ley de amparo anterior.

Las reformas al Sistema Judicial han resultado valiosas y, en este contexto, reflexionar sobre el debido proceso debe abrir un debate nacional por tres motivos: El número de personas en prisión sin sentencia sigue creciendo y rebasa la capacidad institucional para resolver casos.

La prisión preventiva oficiosa sigue siendo una práctica, incluso cuando podrían aplicarse medidas menos restrictivas; y la política de comunicación sobre seguridad privilegia la detención sobre la justicia.

Es decir se anuncia la captura, pero no se explica el juicio ni la sentencia, debe ser responsabilidad de los interesados y de los medios no quedarse solo en las aprehensiones.

Es necesario reducir el uso de la prisión preventiva oficiosa y sustituirla por otras medidas cautelares que aseguren presencia en juicio sin imponer una privación de la libertad a una persona no sentenciada.

Además, se requiere establecer plazos máximos entre detención, formulación de imputación, control de pruebas y emisión de sentencia.

También es necesario crear mecanismos de revisión prioritaria de casos con más de dos años de prisión preventiva sin sentencia, para otorgar libertad inmediata cuando no haya elementos para sostener la prisión o cuando la dilación sea atribuible a la autoridad.

El objetivo de estas medidas no es debilitar la capacidad del Estado para investigar delitos, por el contrario, es fortalecerla. Un procedimiento que respeta el debido proceso genera sentencias sostenibles, permite reparación efectiva a víctimas, reduce el margen de error institucional y protege a las personas inocentes frente a imputaciones sin prueba suficiente.

Un indicador central de justicia en México en 2025 no debe ser sólo el número de detenciones. Porque un sistema que sostiene privaciones de la libertad sin resolverlas en derecho, no ofrece certidumbre jurídica.

Garantizar el debido proceso fortalece a nuestras instituciones de justicia al convertir la espera en certeza y la detención en verdadera justicia.