"México, DF * Agencias. Ayer viernes, en el Diario Oficial de la Federación, se estableció, por decreto del presidente de la República Mexicana, Felipe Calderón Hinojosa, que los días 15 y 17 de septiembre próximos, con motivo de la celebración del Bicentenario de la Independencia, serán días de descanso obligatorios para dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.
Beneficiados
El decreto instituye que todas las dependencias y entidades federales cuyas relaciones de trabajo se rijan por el Apartado ""B"" de la Constitución observarán esos días de descanso obligatorio para sus trabajadores.
Con ello, los días 15 y 17 se sumarían al día 16 que tradicionalmente ha sido considerado como de descanso obligatorio, y su adición fue por esta única vez en virtud de la excepcionalidad de los festejos patrios.
Decreto
El decreto oficial explica que esta acción constituye una tarea adicional a las que, en su caso, sean emprendidas por los sectores social y privado, así como por el resto del ámbito público.
Cabe señalar que el apartado ""B"" de la Constitución es el que establece los derechos de los trabajadores del Estado, mientras que el ""A"" define las condiciones laborales de todos los trabajadores en el sector privado.
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