Decreto 008

Decreto 008

Recientemente, en informe oficial, se dio cuenta de reuniones entre Chiapas y Oaxaca, en el contexto del caso noroeste. Es positivo que haya acercamiento en ese tema, cuyo último episodio se dio luego de que el gobierno del estado de Oaxaca promoviera en 2011 una controversia por “invasión” y “creación” del municipio de Belisario Domínguez, con cabecera en Rodulfo Figueroa.

El 21 de diciembre del año siguiente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió la controversia constitucional en contra de la administración chiapaneca.

Los vecinos argumentaban una “ilegítima acción del Congreso de Chiapas y del entonces gobernador Juan Sabines Guerrero”, quien el 14 de noviembre del 2011, creó con el aval del Legislativo estatal el municipio Belisario Domínguez, en unas 160 mil hectáreas “del territorio comunal y municipal de los poblados de Santa María y de San Miguel Chimalapa”.

Es decir, esto es el quid, la sustencia, el meollo, que alega Oaxaca contra su vecino, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El máximo tribunal del país aún no resuelve en definitva.

Al iniciar su primer período de sesiones en 2013, el mes de enero, durante la sesión de apertura de trabajos, la ministra Olga Sánchez Cordero rindió el informe de la Comisión de Receso del Segundo Período de Sesiones del año 2012 y detalló que en materia de Controversias Constitucionales se había admitido el expediente 121/2012, promovido por el estado de Oaxaca en contra de Chiapas con motivo de un conflicto de “límites territoriales”, al no advertirse motivo alguno que actualice en forma manifiesta e indudable su improcedencia.

“Sin prejuzgar sobre la validez de los actos impugnados, ni sobre la pertenencia de la franja territorial en disputa, se concedió la suspensión solicitada por el estado de Oaxaca en la citada Controversia Constitucional 121/2012, en los términos consignados en el acuerdo respectivo. En la inteligencia de que a efecto de seguir proveyendo sobre las medidas precautorias solicitadas fueron requeridos sendos Informes a la Comisión Nacional Para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, así como al Poder Legislativo del estado de Chiapas”, explicó la ministra al rendir su informe, sobre el caso que interesa a Chiapas.

Aquí vale hacer un alto para una reflexión. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía ha dado muestras de favorecer a Oaxaca con un sinúmero de acciones, por lo que no es confiable para Chiapas. Sobre la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, deberá ser obligación del Congreso de Chiapas hacer un seguimiento de lo que vaya a exponer sobre este nuevo “enfoque” que pretende dar al asunto el gobierno del estado de Oaxaca.

La responsabilidad es delicada para el Poder Legislativo de Chiapas, pues habrá qué ver lo que informe a la Corte, ya que es el interés de Oaxaca acreditar, no se sabe cómo, que el esunto se trata de una “invasión al territorio de los pueblos indígenas zoques de los Chimalapas, región del istmo de Tehuantepec”, pese a que la población local es indígena de esta entidad.

Se acusa ante el máximo tibunal del país al Legislaltivo chiapaneco de haber promovido una “ilegítima acción”, y por su parte, la Corte ha ordenado suspender su decreto 008 mediante el cual surgió el municipio Belisario Domínguez.

Esta suspensión es de mayor nivel; es un mandato emitido por el máximo órgano jurisdiccional y cualquier actividad o acción de gobierno que contravenga este mandato sería sujeto de responsabilidad legal.

Chiapas debe saber pues lo que está en juego en este caso. No se trata ya se un asunto agrario. Los oaxaqueños lo han llevado por el lado de los límites.