Delito de peculado sí prescribe, determina Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el crimen de peculado prescribe, a diferencia de los considerados de lesa humanidad, como la desaparición forzada, que no dejan de ser perseguidos por el Estado.

Debido a que invalidó un artículo del Código Penal de Colima que considera dicho delito alusivo al desvío de recursos públicos como imprescriptible, al resolver el martes un amparo promovido por la exalcaldesa de Villa de Álvarez, Colima, Yulenny Cortés León, y la extesorera del ayuntamiento, María de los Ángeles Sosa Chávez, presas por el desvío de 25 millones de pesos (mdp) entre 2017 y 2018.

Una mayoría de seis ministros contra tres expuso que a nivel internacional hay disposiciones acerca de la no prescripción con el fin de perseguir e investigar crímenes con relación a aquellos que por su trascendencia daña de forma grave a la gente.

A pesar de que reconocieron que la corrupción está “carcomiendo” al país y el mundo, los integrantes del máximo tribunal de justicia indicaron que el artículo 114 fracción segunda del Código Penal de Colima, el cual establece que no prescribe el delito de peculado en la entidad, es inconstitucional porque puede prestarse a vengas políticas.