“Demagogia”, cancelar contratos petroleros

La pretensión de revisar o cancelar los contratos de las rondas petroleras es “demagogia”, ya que se han otorgado de forma transparente, tienen cláusulas precisas para su recisión, y la única autoridad que lo puede hacer es la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH).

Así lo dijo el socio de la firma de abogados Gardere, Daniel Aranda, quien explicó que no pueden ser terminados por una decisión política, sin que exista algún medio de defensa; inclusive, si se realizará alguna expropiación esta el tema de daños y perjuicios, además de la indemnización que tendrían que pagar el gobierno.

De acuerdo con el abogado, los contratos están bien hechos, y establecidos de manera expresa en el contrato las cláusulas por las cuales se pueden rescindir, que son por incumplimiento en el plan mínimo de inversión o de trabajo, un accidente ambiental, o muerte fatal que sea atribuible al contratista.

Expuso que si bien una rescisión administrativa que es imperio del Estado, no es arbitraria, dado que implica un periodo de investigación, después se inicia el procedimiento y la empresa tiene 90 días para aportar pruebas y una vez que lo hace se toma una determinación, esa decisión también está sujeta a ser revisada por los tribunales.

Daniel Aranda señaló que otra causa por la que también pueden ser terminados es por renuncia de las áreas contractuales por parte de las compañías.

Y también existiría otra vía que es la ley de expropiación, que no es exclusiva de la ley de hidrocarburos, pero estos contratos no pueden ser terminados por capricho de algún político o por una decisión política sin que exista algún medio de defensa, dijo a Notimex.

Sin embargo, señaló que en caso de que se decidiera hacer una expropiación, habrían daños y perjuicios, una indemnización, además que las empresas tienen la garantía de que México cuenta con convenios con la Corporación de Inversión Privada en el Extranjero, que protegen a los inversionistas extranjeros.