México * SUN. Los derechos políticos del ciudadano se suspenden ipso facto si el ciudadano está sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, establece el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El IFE no tiene necesidad de esperar a recibir la notificación de la autoridad judicial si antes por sus propios medios ha recabado la información respectiva.
De esa manera podría proceder a dar de baja a la persona que se encuentre inhabilitada para ejercer sus derechos políticos en los términos de la fracción II del Artículo 38 de la Constitución, precisa resolución del organismo judicial.











