La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que cuando una mujer que ocupe un puesto de confianza, sea despedida por estar embarazada, se le debe pagar y tratar como si fuera de base por considerarla víctima de actos discriminatorios.

Durante la sesión de la Segunda Sala de la Corte, los ministros apoyaron por unanimidad la propuesta de Alberto Pérez Dayán de conceder el amparo a una mujer que trabajaba en un puesto de confianza en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la que se determinó que fue despedida por estar embarazada.

Al considerar que se trató de un despido injustificado y que la mujer fue víctima de discriminación en razón de su embarazo, la Corte ordenó analizar su posible reinstalación en el puesto que ocupaba o que, de confirmarse la separación del cargo, se le paguen todas las prestaciones que se le pagan a los trabajadores de base cuando son despedidos sin razón.

“No sólo es posible –a virtud del artículo 123, apartado B, fracción XI, inciso c), de la Constitución General de la República–, sino necesario otorgar a las trabajadoras de confianza un tratamiento equiparable a las trabajadoras de base, para efectos del pago de las prestaciones laborales por el despido ilegal del cual son víctimas, en razón de su embarazo, ya que esta determinación es la que permite, por una parte, compensar adecuadamente a las trabajadoras y, por otro, inhibir, desde el punto de vista económico, que los patrones continúen con esta práctica ilegal, o al menos, dejar en claro las consecuencias patrimoniales que van a afrontar si deciden incurrir en estos actos discriminatorios”, señala el proyecto avalado por la Sala.