El freno al Plan B y el camino hacia un conflicto

El freno al Plan B y el camino hacia un conflicto

Al menos por el momento y durante un plazo indefinido, el INE no será tocado.

Así lo determinó el ministro de la Corte, Javier Laynez Potisek, al conceder el pasado viernes 24 de marzo la suspensión de la entrada en vigor del Plan B, tras admitir la demanda de controversia constitucional interpuesta por el órgano electoral.

Esto quiere decir en términos llanos que los cambios de la reforma de marras, con la que se recortan gastos, estructura orgánica y funciones operativas del INE propuestos por AMLO, aprobados por la mayoría de Morena-aliados en el Congreso y ya decretados, no serán aplicables hasta que el pleno de ministros de la Corte resuelva el fondo de la controversia.

Es decir, las cosas se mantendrán en el estado en que hoy se encuentran y regirán las normas vigentes antes de la referida reforma, hasta que el pleno del tribunal constitucional diga la última palabra.

Previsible es, sin embargo, que el pleno de ministros ni siquiera llegué al fondo del asunto ya que, de acuerdo con fuentes de la ponencia del ministro instructor, hay un problema de origen con el que se podría invalidar en definitiva la reforma sin tener que pronunciarse sobre su contenido.

Se trata de algo parecido al tan cantado debido proceso, pues resulta que los diputados aprobaron la iniciativa del Ejecutivo el mismo día en que fue presentada y eso fue contrario a diversos precedentes dictados por la propia Corte sobre los requisitos mínimos de un proceso legislativo más aún, tratándose de cambios de fondo en materia electoral.

La Corte explicó en un comunicado que la suspensión fue otorgada debido que la reforma del Plan B no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede y argumentó que en ocasiones anteriores ha resuelto que en controversias constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión, aun tratándose de leyes secundarias, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos, en este caso, la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía.

¿Por qué la suspensión es por tiempo indefinido?

Porque habrá que esperar el tiempo que le tome a la Corte tramitar la controversia para resolver la constitucionalidad de la reforma. Ese lapso incluirá las varias semanas que tome a los demandados (los poderes Ejecutivo y Legislativo) impugnar la suspensión ante una de las Salas del máximo tribunal, lo que al menos AMLO sí hará, según confirmó la Secretaría de Gobernación.

Y el tiempo también juega con los plazos legales del proceso electoral de 2024, ya que leyes electorales federales o locales deben promulgarse al menos 90 días antes de que inicie uno en el que vayan a aplicarse. Si dicho proceso arranca en septiembre de este año, la eventual validez del Plan B deberá estar resuelta a más tardar en julio próximo.

La invalidez es un escenario que López Obrador no descarta, según el mismo lo ha declarado. Pero ¿se quedará con los brazos cruzados? Por lo visto en su gobierno, no. Y eso sugiere que, por primera vez, nos encaminamos hacia un conflicto preelectoral con quién sabe qué consecuencias.

Por lo pronto ya se vislumbra en el horizonte una iniciativa morenista, del presidente de la mesa directiva del Senado, Alejandro Armienta Mier, que propone que la elección del Poder Judicial sea por el directo de la ciudadanía.