El grupo parlamentario del PT en la Cámara de Diputados presentó su iniciativa para expedir la Ley de Pensiones con la que pretende desaparecer las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y las acusó de solo enriquecerse y cobrar altas comisiones a los trabajadores y propone que todos los fondos sean manejados por el Estado mexicano, a través del IMSS y del Issste.
En un iniciativa que enlistaron este martes en la Gaceta Parlamentaria, los diputados del PT explicaron que retomaron la iniciativa ciudadana de la Confederación de Jubilados, Pensionados y Adultos Mayores de la República Mexicana AC, y la presentaron para proponer la abrogación del llamado Régimen de Capitalización Individual, es decir, la supresión de Afore y Siefore, incluido PensionIssste, y la restitución del Régimen Solidario de Reparto que consagraba en las leyes del IMSS y del Issste de 1973 y 1983 respectivamente, y que fueron anuladas por un neoliberalismo cada vez más voraz que impulsa una nueva etapa de acumulación del sistema capitalista.
“Esta iniciativa ciudadana permitirá que las pensiones de los trabajadores sean dignas; de esta manera, los derechos de los trabajadores dejarán de tener el valor de “mercancía” utilizada para el beneficio empresarial. La Consar, y en general el Gobierno Federal, han golpeado permanentemente a los trabajadores por falta de preparación e información. Las y los ciudadanos están convencidos que las Afore deben desaparecer”, describen los petistas.
La ley consta de 10 artículos, junto con sus normas transitorias y explica que la arbitrariedad que caracteriza a las acciones de las Afores bajo la complicidad gubernamental es el cobro de comisiones a las cuentas inactivas que resulta inaceptable, ya que el trabajador no está generando ingresos.
“Por tanto, es un hecho inconstitucional ya que nadie puede ser privado de sus propiedades, posesiones y derechos sino mediante previo juicio. Así lo ordena de manera terminante la Constitución en su artículo 14, como una de las garantías fundamentales para la seguridad jurídica de todo individuo; sin embargo, en franca violación a esta garantía, en el artículo 76 de la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, se autoriza el cobro de comisiones a las cuentas individuales inactivas de los sistemas de pensiones”, describió el texto.












