A partir de hoy martes, los gobiernos estatales y municipales deberán difundir reportes del estado de la calidad del aire, los riesgos asociados y las medidas de protección, en cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-172-SEMARNAT-2019, informó la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
La medida deberá atender los Lineamientos para la obtención y comunicación del Índice de Calidad del Aire y Riesgos a la Salud, con el propósito de informar de manera homologada a la población los probables daños a la salud asociados a la calidad del aire y sobre las acciones a seguir para reducir su exposición a los contaminantes.
La norma ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación desde el pasado 20 de noviembre y aplica para los gobiernos locales que operan sistemas de monitoreo automático de la calidad del aire.
Riesgos
El Índice de Calidad del Aire y Riesgos a la Salud deberá reportar la calidad del aire desde los rangos de buena, aceptable, mala, muy mala y extremadamente mala.
Además, el nivel de probables daños a la salud, en la escala de riesgo bajo, moderado, alto, muy alto o extremadamente alto.
Asimismo las recomendaciones a adoptar, particularmente a grupos sensibles.
Este mecanismo debe informar a la población sobre la calidad del aire y las medidas de protección a la salud.
Julio Trujillo, subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Semarnat, indicó que mediante esta herramienta el gobierno garantiza el acceso a la información sobre calidad del aire que permita a la sociedad convertirse en un actor clave en la protección de su salud.
Por último, señaló que en México no todas las ciudades cuentan con sistemas de monitoreo automático de la calidad del aire y las que sí lo tienen emplean criterios de difusión diferenciados, de modo que la NOM 172 es un esfuerzo conjunto del sector salud y medio ambiente.












